CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD
¿QUÉ ES UN CERTIFICADO DE PROFESIONALIDAD?
Es un documento que acredita a un trabajador/a en una cualificación profesional del Catálogo Nacional de las Cualificaciones Profesionales. que ha de poseer una persona para el desarrollo de una actividad laboral identificada en el mercado de trabajo.
¿QUIÉN EXPIDE DICHO CERTIFICADO?
Son emitidos por el Servicio Público de Empleo Estatal (SPEE) y por la Administración Laboral de las Comunidades Autónomas.
¿PARA QUÉ ME SIRVE DICHO CERTIFICADO?
Tanto los títulos de formación profesional como los certificados de profesionalidad tendrán los efectos que les correspondan con arreglo a la normativa de la Unión Europea relativa al sistema general de reconocimiento de la formación profesional en los Estados miembros de la Unión y demás Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo. Dichos títulos y certificados acreditan las correspondientes cualificaciones profesionales.
¿CÓMO SE OBTIENE DICHO CERTIFICADO?
Para obtener el certificado, el alumno debe de estar en posesión de las certificaciones parciales de las distintas Unidades de Competencia que componen el Certificado.
Para obtener una Unidad de Competencia tiene las siguientes vías:
- Superar los módulos formativos correspondientes, mediante la realización y evaluación de las acciones formativas pertinentes.
- Participando en las pruebas que al respecto convoque la Administración correspondiente para dicha UNIDAD DE COMPETENCIA, basándose en el Real Decreto 1224/2009 de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral o de vías no formales de formación.
- Mediante la convalidación de la UNIDAD DE COMPETENCIA por estar en posesión de dicha UNIDAD a través de la Formación Profesional del sistema educativo.
Las Administraciones competentes llevaran un registro nominal por especialidades tanto de las acreditaciones de las UNIDADES de COMPETENCIA como de los Certificados que expidan.
Los Centros autorizados para la impartición de los módulos formativos deberán entregar a la Administración un acta de evaluación de los alumnos que hayan participado, indicando en los términos de apto/no apto la superación del módulo. Dicha acta será el referente para la Certificación de la Unidad de competencia.
¿QUÉ REQUISITOS DEBO CUMPLIR PARA ACCEDER A LA FORMACIÓN DE UN CERTIFICADO?
Los requisitos de acceso dependen del nivel de cualificación del certificado.
Para el nivel 1, no se exigen requisitos académicos ni profesionales, aunque se han de poseer las habilidades de comunicación lingüística suficientes que permitan el aprendizaje.
Para el nivel 2 se debe cumplir alguno de los siguientes requisitos:
- Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
- Certificado de profesionalidad de nivel 2.
- Certificado de profesionalidad de nivel 1 de la misma familia y área profesional.
- Cumplir el requisito académico de acceso a los ciclos formativos de grado medio o bien haber superado las correspondientes pruebas de acceso reguladas por las administraciones educativas.
- Tener superada la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años y/o de 45 años.
- Tener las competencias clave necesarias, de acuerdo con lo recogido en el anexo IV del real decreto 34/2008, para cursar con aprovechamiento la formación correspondiente al certificado de profesionalidad.
Para el nivel 3 se debe cumplir alguno de los siguientes requisitos:
- Título de Bachiller.
- Certificado de profesionalidad de nivel 3.
- Certificado de profesionalidad de nivel 2 de la misma familia y área profesional.
- Cumplir el requisito académico de acceso a los ciclos formativos de grado superior o bien haber superado las correspondientes pruebas de acceso reguladas por las administraciones educativas.
- Tener superada la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años y/o de 45 años.
- Tener las competencias clave necesarias, de acuerdo con lo recogido en el anexo IV del real decreto 34/2008, para cursar con aprovechamiento la formación correspondiente al certificado de profesionalidad.
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MODALIDADES DE IMPARTICIÓN DE LAS ACCIONES FORMATIVAS
La formación podrá impartirse de forma presencial, a distancia, teleformación o mixta.
La norma que regule cada certificado de profesionalidad determinará las condiciones en las que los módulos formativos podrán ser ofertados en las distintas modalidades, en función de la naturaleza de los contenidos y de los colectivos destinatarios.
QUÉ CENTROS PUEDEN IMPARTIR ESTAS ACCIONES
Aquellos previamente autorizados por la Administración Laboral o educativa pertinente.